El Real Decreto 164/2025, de 4 de marzo, aprobó el nuevo Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales (RSCIEI) y derogó el Real Decreto 2267/2004. Se publicó en el BOE el 10 de abril de 2025. Si tu nave ya funcionaba antes, no tienes que reformarla, pero hay obligaciones nuevas que sí te alcanzan.
Lo que no cambia: no hay que adaptar la nave
La disposición transitoria primera establece que los establecimientos existentes no tienen que adaptarse obligatoriamente a las nuevas exigencias. Siguen rigiéndose por la normativa con la que se implantaron.
Lo que sí te aplica desde el sexto mes
A los seis meses de la entrada en vigor del real decreto, se aplican a todos los establecimientos, nuevos y existentes:
- El mantenimiento de las instalaciones (artículo 12, apartados 1 a 3 del reglamento).
- Las inspecciones periódicas (capítulo IV).
- La actuación en caso de incendio (capítulo V).
- El régimen sancionador (capítulo VI).
Inspecciones: depende de cuándo se construyó la nave
| Tu nave | Qué inspecciones le tocan |
|---|---|
| Implantada con el RD 2267/2004 | Adaptar contenido y periodicidad al artículo 13 del nuevo reglamento, con organismo de control |
| Anterior al RD 2267/2004 | Inspección al menos cada 5 años, limitada a los sistemas de protección activa |
| Densidad de carga de fuego ≤ 42 MJ/m² y superficie construida ≤ 120 m² | Exenta de esta inspección, si cumple el apartado 2 del artículo 5 del reglamento |
Cuándo sí tendrás que aplicar el nuevo reglamento
- Si amplías o reformas la nave y aumenta la superficie o el nivel de riesgo intrínseco.
- Si cambias de actividad y la nueva no cumple el proyecto original.
En ambos casos, las nuevas exigencias afectan solo a la parte modificada. Las obras ya en curso o con licencia solicitada tienen cuatro años para terminarse con el reglamento anterior.
Comprueba tu nave en cinco minutos
- ¿Tengo el contrato y las actas de mantenimiento de extintores, BIE y detección al día?
- ¿Sé cuándo fue mi última inspección por organismo de control?
- ¿He ampliado la nave o cambiado de actividad desde que se legalizó?
- ¿Conozco el nivel de riesgo intrínseco de mi establecimiento?
Si alguna respuesta es «no», te conviene una revisión técnica. Hace poco actualizamos la instalación contraincendios de un hangar de mantenimiento de aeronaves en Utrera conforme al RD 164/2025.
¿Te ayudamos? En Eleva Ingeniería y Arquitectura (Utrera, Sevilla) revisamos tu nave y ponemos al día su protección contra incendios. Cuéntanos tu caso o llámanos al 636 779 224.
