Has terminado la obra de tu nave, local o vivienda. ¿Hace falta esperar una licencia para usarla? En Andalucía, la Ley 7/2021 (LISTA) somete a declaración responsable buena parte de las actuaciones que antes requerían licencia, entre ellas la ocupación y la utilización de edificios terminados.
Qué dice el artículo 138 de la LISTA
Están sujetas a declaración responsable, entre otras actuaciones:
- Las obras de escasa entidad constructiva y sencillez técnica que no requieren proyecto según la legislación de edificación.
- La ocupación o utilización de edificaciones o instalaciones amparadas en licencia previa o en declaración responsable de obras, siempre que estén terminadas, se ajusten a ellas y su destino sea conforme a la normativa aplicable.
«Ocupación» se refiere a viviendas y «utilización» al resto de usos (locales, naves, oficinas).
Qué cambia para ti
- No esperas a una resolución. Con la declaración responsable y la documentación completa puedes empezar a usar el edificio.
- La responsabilidad es tuya. Declaras que cumples la normativa; el ayuntamiento lo comprueba después y puede sancionar si no es así.
- La documentación técnica sigue siendo necesaria. Suele acompañarse del certificado final de obra y de la documentación que pida la ordenanza municipal.
Cuidado con el uso
La declaración solo ampara un destino conforme a la normativa. Si vas a cambiar el uso de una nave (por ejemplo, de almacén a parque infantil, como en este proyecto en Utrera), primero hay que comprobar que el planeamiento lo permite y tramitar la obra de adecuación.
Además, si la actividad está en el anexo I de la Ley 2/2026 de Gestión Ambiental de Andalucía, necesitará también su licencia ambiental o declaración responsable de efectos ambientales.
¿Te ayudamos? En Eleva Ingeniería y Arquitectura (Utrera, Sevilla) preparamos la documentación técnica para la ocupación o utilización de tu edificio y revisamos el uso antes de que inviertas. Cuéntanos tu caso o llámanos al 636 779 224.
